Concilia IVA

Cuánto IVA pagar o cuánto queda a favor cada mes, con prorrata y tarifas reducidas

Conciliaciones → IVA consulta AY-152
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Concilia IVA (CT-035)

Concilia IVA está en la ficha Conciliaciones del menú principal. Para cada mes del año dice cuánto IVA hay que pagar el mes siguiente o cuánto queda a favor, aplicando las reglas de la Ley 9635 y del Reglamento del IVA (Decreto 41779-H): el límite por tarifas reducidas y la prorrata.

El IVA de ventas, compras y gastos es exactamente el mismo del reporte IVA por mes (VE-007): ventas menos notas de crédito, y compras y gastos que dan crédito fiscal. Es solo de consulta: no cambia nada. Los montos son una guía para la declaración; la declaración la revisa y presenta el contador.

Ventas con y sin derecho a crédito

Ventas¿Dan derecho a crédito?
Gravadas (13 %, 4 %, 2 %, 1 %)Sí
ExportacionesSí
Exoneradas (al Estado o a entes exentos)Sí
ExentasNo

Tarifas reducidas

Si la empresa vende a tarifa reducida (1 %, 2 % o 4 %), el crédito de esa parte tiene un tope (Ley art. 26 y Reglamento art. 41.1). Las ventas con derecho se reparten por tarifa: a la parte del 13 %, exportaciones y exoneradas le toca el IVA pagado completo, y a la parte de cada tarifa reducida, a lo sumo esa tarifa sobre la base de las compras. Si la empresa solo vende al 13 %, este paso no cambia nada.

Ejemplo Un supermercado vende 58 % al 13 % y 42 % al 1 %. Pagó ₡1.094.500 de IVA en compras cuya base es ₡12.625.199. A la parte del 13 % le toca el 58 % de ₡1.094.500; a la parte del 1 %, el 42 % de a lo sumo el 1 % de la base (₡126.252). El resto no se puede acreditar.

La prorrata

Prorrata = ventas con derecho a crédito ÷ total de ventas (las exentas cuentan solo abajo), con dos decimales (Ley art. 23).

  • Cada mes se aplica la prorrata provisional: la definitiva del año anterior (Ley art. 24).
  • Si no hay ventas del año anterior (empresa nueva), la pantalla usa la acumulada del año hasta ese mes y lo avisa. La ley pide en ese caso una estimación: confirmarla con el contador.
  • IVA acreditable = crédito tras el tope de tarifas × prorrata. Lo que no se acredita es costo o gasto.

El ajuste de diciembre

En la declaración de diciembre se calcula la prorrata definitiva con las ventas de todo el año, y se ajusta el crédito del año completo: crédito del año × (definitiva − provisional). Si la definitiva es mayor, queda más crédito (menos a pagar); si es menor, se devuelve crédito (más a pagar) (Reglamento art. 42). La definitiva queda como provisional del año siguiente.

En el año en curso, la pantalla muestra la prorrata a la fecha y cuánto daría el ajuste si el año cerrara hoy.

A pagar o a favor

Cada mes: IVA de ventas − IVA acreditable = IVA del mes; a eso se le resta el saldo a favor que se aplica (lo que sobró del mes anterior) (− ajuste, en diciembre). Si da positivo, es lo que se paga el mes siguiente; si da negativo, queda a favor y se arrastra al mes siguiente. El arrastre empieza de cero cada enero, igual que en VE-007.

Pago registrado

El detalle del mes muestra el pago que corresponde a su IVA: se busca en la cuenta contable de IVA: los débitos que no vienen de una venta ni de una compra. Cada pago se asigna al mes que dice su detalle (por ejemplo «PAGO DE IVA ENERO 2026»); si el detalle no dice el mes, se toma el mes anterior al pago. El detalle también dice la diferencia entre lo pagado y lo calculado.

  • Para registrar el pago del IVA use el tipo de documento PIM – Pago de impuestos: siempre se toma como pago de IVA.
  • El pago de la renta va con PRT – Pago de renta: nunca se confunde con un pago de IVA, aunque toque la cuenta de IVA.
  • Si el detalle dice un mes imposible (por ejemplo «JUNIO» en un pago hecho en junio, cuando el IVA se paga el mes siguiente), se toma el mes lógico y la pantalla lo marca con .
  • El último mes cerrado no se marca como sin pago mientras esté en plazo.
  • Si en un mes hay documentos de venta que nunca se enviaron a Hacienda, la columna del IVA de ventas lleva el ícono y el detalle del mes los lista con su IVA. No entran en el cálculo (igual que en la declaración): se reenvían desde Herramientas → Pendientes Hacienda.

IVA del mes y saldo a favor

La tabla muestra el IVA de compras y el de gastos en columnas separadas, y después:

  • IVA del mes = IVA de ventas − IVA acreditable. Si da negativo sale en 0.
  • Saldo a favor del mes: lo que sobra cuando el IVA de compras y gastos acreditable es mayor que el IVA de ventas.
  • Saldo a favor que venía: lo que sobró a favor el mes anterior. Se usa en este mes.
  • A pagar = IVA del mes − saldo a favor que venía, si da positivo. Se paga el mes siguiente.
  • Saldo a favor al cierre = saldo a favor del mes + saldo a favor que venía (menos lo que se usó para cubrir el IVA del mes). Pasa al mes siguiente.
  • Ejemplo: febrero cierra con 427.239 a favor. En marzo el IVA del mes es 610.181: el saldo a favor se usa entero, quedan 182.942 a pagar y el saldo a favor al cierre es 0.

La última columna, Pagado en el mes, dice cuánto IVA se pagó dentro de ese mes, por la fecha del pago (por ejemplo, el IVA de enero pagado el 10 de marzo sale en marzo). La fila «Año» da el total pagado en el año. Al tocar un mes, el detalle muestra el pago que corresponde al IVA de ese mes.

Contra la declaración presentada

Si la declaración de IVA del mes está cargada en Contabilidad → Declaraciones (CT-025), Concilia IVA la lee sola y la compara con su cálculo. No hay que copiar ningún monto.

  • Se carga como siempre en Declaraciones: el PDF que entrega Hacienda al presentar el IVA (el acuse con el formulario), con un tipo que empiece por «IVA» y el período del mes declarado (por ejemplo 2026-09 para la declaración de setiembre). Si en un mes hay dos (una rectificativa), manda la más nueva.
  • Al final de la tabla, en encabezado gris, las columnas de lo declarado: Ventas declaradas (gravadas), Exentas declaradas, Compras con IVA declaradas (la base, compras y gastos juntos), Compras sin IVA declaradas (exentas y no sujetas) y Proporción declarada: la que se declaró cuando no se sabía a qué ventas se destinaron las compras, o, marcada con e, la que resultó (crédito ÷ IVA pagado) cuando sí se sabía. La fila «Año» suma los montos.
  • La columna Declarado trae el impuesto determinado de la declaración, o el saldo a favor en verde.
  • La columna Diferencia declarado = Declarado − A pagar: si son iguales, o la diferencia en rojo (positiva = se declaró más de lo que calcula el sistema; negativa = menos). La fila «Año» suma lo declarado y las diferencias.
  • Tocando el mes, el detalle muestra el número de la declaración, la fecha en que se presentó, el enlace al PDF y una tabla Declaración · Sistema · Diferencia: ventas gravadas, ventas exentas y sin IVA, IVA de ventas, compras y gastos con IVA (la base), compras y gastos sin IVA (exentos y no sujetos), IVA pagado en compras y gastos, crédito fiscal, gasto para utilidades (lo no acreditable), impuesto determinado, saldo a favor y A pagar. Debajo, la proporcionalidad declarada: si sabía a qué ventas destinó las compras, compras identificadas y no identificadas, compras destinadas a ventas con derecho y sin derecho, y la proporción contra la prorrata del sistema. En el celular, el detalle del mes trae también las ventas, compras y proporción declaradas.
  • Si la declaración pone ventas exentas con derecho a crédito pleno, la proporción declarada sale en 100 % aunque el sistema las cuente sin derecho: la diferencia en la proporción lo muestra.
  • Ojo: la declaración no resta el saldo a favor del mes anterior y «A pagar» sí. Por eso, en un mes que recibe saldo a favor (por ejemplo marzo después de un febrero a favor), la diferencia contra A pagar sale grande aunque el cálculo del mes coincida; en el detalle se ve también la comparación contra el IVA del mes.
  • Si el archivo no es la declaración de IVA de Hacienda (o no se puede leer), el mes lo dice y no compara.
  • Si el año no tiene ninguna declaración de IVA cargada, la columna no aparece y la nota de abajo lo avisa.
Para qué sirve Una diferencia dice que lo declarado no salió de lo que está en el sistema: una compra o un gasto que se declaró y no está registrado (o al revés), un documento de otro mes, o una prorrata distinta. El detalle por renglón muestra en qué parte está la diferencia.

La pantalla

  • El Año se escoge en el encabezado, en la misma fila de los botones Refrescar, Imprimir y Salir; al cambiarlo la pantalla se recarga sola con ese año.
  • Debajo del encabezado, en una franja de cuatro fichas compactas (título y monto en un renglón, la aclaración debajo): la prorrata provisional, la definitiva (o la de la fecha), el IVA a pagar en el año con lo pagado y lo no acreditable (va a gasto), y el saldo a favor al cierre. Si una aclaración no cabe completa, se lee entera dejando el mouse encima.
  • La tabla de los 12 meses con todo el cálculo hasta A pagar o A favor.
  • Tocando un mes se abre su detalle: las ventas por clase y por tarifa, el IVA de compras y de gastos, el tope por tarifa y el cálculo paso a paso; y, si está cargada, la declaración presentada comparada con el cálculo.
  • Abajo, las referencias a la ley y los enlaces a VE-007 y al Revisor de IVA vs contabilidad (HE-014), que compara contra la cuenta contable de IVA.

En el celular

En el celular se abre sola la versión para teléfono: los datos del año arriba y un renglón por mes con lo que hay que pagar o lo que queda a favor; al tocarlo se abre el detalle, que al final trae lo declarado a Hacienda, la diferencia contra A pagar y el botón Ver PDF de la declaración. Se sale con Regresar, arriba a la derecha.

Permisos

  • Permiso 870 (Conciliaciones: ver las conciliaciones): para entrar. Es uno solo para las seis conciliaciones y está en el grupo Conciliaciones de Seguridad → Usuarios. Donde todavía no está, se sigue entrando con el 801.
  • Permiso 831 (Declaraciones): para abrir el PDF de la declaración desde el detalle del mes. Sin él, el comparativo se ve igual pero el enlace al PDF sale en gris.